maltrato a ricarda quinteros

LA HISTORIA DE UNA MADRE MALTRATADA Y UN FISCAL PRESUNTO PREVARICADOR

FISCAL ALEX ORMAZÁBAL GARCÍA

QUERELLA PÚBLICA POR OBSTRUCCIÓN A LA JUSTICIA Y NEGLIGENCIA FUNCIONAL
Contra el Fiscal Alex Ormazábal García – Ministerio Público de Chile
Presentada por Alejandro Leiva Quinteros, querellante

Esta plataforma quiere documentar la negligencia institucional consciente, sistemática del Fiscal Alex Ormazábal García, transformado en Garcia Ormazabal y del sistema parasitario que permitió el sobreseimiento de una causa con evidencia médica, pericial y audiovisual de maltrato grave a una adulta mayor (de 98 años), extremadamente vulnerable con demencia tipo Alzheimer etapa 4. Mi querida Madre. Ormazabal, aquí, en este contexto virtual, no me podrás acallar, impedir que desvele las atrocidades judiciales que has realizado para conseguir un sobreseimiento retorcido, falso, sin fundamento jurídico más que las mentiras y corrupciones del informe policial de 2 PDI inmorales y presuntos delincuentes y las declaraciones y falso testimonio del psicópata integrado y de supuestos malos tratos que esgrime el fiscal transformado, que ejecuté con 3 auxiliares del Hogar “Casa los Abuelos”, dirigida por una presunta delincuente que falsifica firmas del médico y aumenta las plazas y cupos de ancianos para estafarles su dinero, según lo sentencia el SEREMI en enero 2024

I. DOCUMENTACIÓN, ANÁLISIS Y DENUNCIA PÚBLICA CONTRA LA NEGLIGENCIA Y PARASITISMO INSTITUCIONAL DEL FISCAL ALEX ORMAZÁBAL GARCÍA O VICE VERSA

Mi nombre es Alejandro Leiva Quinteros. Soy chileno y español, psicólogo clínico, doctor en psicología, master en comunicación social y en conductas adictivas con amplia experiencia en psicopatías. Fui querellante en una causa penal que buscaba justicia para la señora Ricarda Quinteros Rivas, de 98 años, con invalidez total, discapacidad profunda, con múltiples patologías orgánicas y mentales profundizadas gravemente por los maltratos a que ha sido sometida sistemáticamente, no solo por su hijo presunto psicópata integrado, Sergio Leiva Quinteros sino que también en residencias geriátricas chilenas, como el Hogar “Holanda” de Maipú y “Casa los Abuelos” de Macul, ambas en Santiago de Chile. Vengo ahora a dar conocer públicamente aspectos principales de querella penal que interpuse el mayo de 2025 en contra del Fiscal Alex Ormazábal García, recientemente trans-formado en Alex Garcia Ormazabal, funcionario del Ministerio Público chileno, por los delitos de obstrucción a la justicia y omisión de denuncia o presunta prevaricación, conforme a los artículos 269 ter, 177 y 175 letra b) del Código Penal chileno.

Este psicópata integrado del libro (Sergio Leiva Quinteros), no solo ha maltratado y vulnerado derechos fundamentales de su madre directamente, sino que también recurrió y utilizó a los brazos ejecutores de residencias geriátricas chilenas, concretamente del Hogar “Holanda” de Maipú y el Hogar “Casa los Abuelos” de Macul, para poder prolongar e incrementar y agudizar el padecimiento de la víctima. Evidentemente, este maltratador necesitaba que dentro de las residencias, se siguiera su plan sistemático de maltrato a su propia madre.

La presente acción se funda por tanto, en la grave, deshonesta, indigna y negligencia funcional y consciente del fiscal quien, pese a contar con abundante y veraz prueba médica, pericial, audiovisual y testimonial sobre el maltrato sistemático sufrido por la víctima por parte de su hijo Sergio Leiva Quinteros, sobreseyó la querella contra el psicópata, en agosto de 2024.

Este fiscal, a pesar de tener estudios de derecho en una universidad privada, de tener conocimiento (presumo yo) de la causa y pruebas irrefutables del maltrato a mi madre, omitió a sabiendas y deliberadamente, realizar diligencias mínimas judiciales, no instruyó peritajes complementarios, ni solicitó formalización alguna, no solicitó medidas cautelares y de protección alguna a la víctima, solicitando en cambio, el sobreseimiento definitivo de la causa, amparándose sustancialmente, en informes criminalísticos falsos y dolosos de presuntos policías corruptos de la brigada de investigaciones de Maipú y de las Condes, y utilizó el testimonio falso, bajo juramento, del imputado que fue ampliamente impugnado con más de 50 pruebas donde demostraba que el testimonio era falso. Pero Ormazabal o Garcia(por cambiarse el orden de los apellidos), nada hizo por comprobarlo ni por acusarlo de testimonio falso.

En esta línea de denuncia, esta web nace como respuesta al maltrato habitual de Sergio Leiva y a la inacción del Ministerio Público chileno, en especial del Fiscal Alex Ormazábal o García o viceversa, quien omitió reitero, diligencias mínimas, ignoró pruebas médicas y audiovisuales, y solicitó el sobreseimiento definitivo de una causa que documenta más de siete años de violencia física, psicológica, económica e institucional.

La querella presentada el año 2023 ante el 9º Juzgado de Garantía de Santiago (RIT O-3745-2023) y la querella presentada el día (fecha) RIT (XXXX) expone más de 55 hechos graves, entre ellos:

• Suspensión injustificada de tratamiento médico para Alzheimer por el psicópata integrado y luego realizado por los dueños de los hogares y el médico Gerson Garces, pero sin ninguna investigación por parte de García, en esa época Ormazabal

• Fracturas graves vertebrales y de cadera (que dejaron en silla de ruedas a mi madre a los 11 días de ingresar en el Hogar “Casa los Abuelos”, sin ninguna investigación penal

• Reclusión y ocultamiento del paradero de la víctima en 3 ocasiones, año 2017 al 2020, año 2021 al 2022 y del año 2024 a la actualidad, sin ninguna investigación penal

• Aprovechamiento y Apropiación indebida de los recursos económicos de mi madre por parte del psicópata, destinados a su cuidado, también, sin ninguna investigación

• Negación sistemática de contacto familiar, de una enferma de demencia tipo Alzheimer, para que sufra en total abandono esta miserable enfermedad y más encima, maltratada y que ni siquiera pueda recibir el cariño de su hijo de España. Y nada hizo el fiscal transformado

• Y 70 maltratos y vulneración de derechos que los puede apreciar en la querella haciendo click en este enlace

En consecuencia, esta plataforma no busca venganza ni olvido. Busca informar, busca la verdad, la justicia, busca mantener la memoria viva y busca reparación

Aquí encontrarás:

• Documentos judiciales presentados por esta parte

• Cartas de reclamación a la fiscalía regional en contra del fiscal Ormazabal García

• Análisis técnico, jurídico, psicológico de las omisiones funcionales del fiscal, de sus incumplimientos al código procesal penal, de su indecencia personal en el trato a mi persona, de su búsqueda intencionada del sobreseimiento por venganza narcisista a mi reclamación, por su inexcusable ignorancia de no valorar el daño que provocó a mi madre por no determinar medidas cautelares en su favor y por no investigar que un hijo psicópata no le diera la medicación a su madre para tratar su Demencia tipo Alzheimer desde 2017 a la fecha de hoy, diagnóstico respaldado por 10 neurólogos chilenos y españoles, entre otras 70 presuntas corrupciones que incurrió el mencionado fiscal, que lo podrá ver en la querella interpuesta contra su persona por obstaculización a la investigación y en animaciones y vídeo que reflejan estos maltrato e incumplimientos del fiscal que ha parasitado el ecosistema judicial, policial, empresarial en esta querella

• Encontrarás multitud de evidencias audiovisuales del maltrato que Alex Garcia Ormazabal no quiso investigar a sabiendas porque conocía la gravedad de lo que contenían los vídeos (porque yo lo informé a fiscalía). Aclaro que no lo quiso investigar por tontorrón, que no lo es o no da esa impresión que lo sea, al contrario, da la impresión de una persona inteligente. No quiso investigar delitos de maltrato, apreciados en fotos, audios, vídeos, etc, etc porque o si no, tendría que haber evitado el deseado sobreseimiento y haber formalizado la causa. Y no lo hizo a sabiendas. Ya analizaremos en que “burradas” se basó para conseguirlo.

Por tanto, Estas conductas del fiscal tras-formado en su identidad, al menos socialmente, vulnera el principio de objetividad, el deber legal de investigar, entre otras muchas vulneraciones, hechos constitutivos de delito e impide el derecho de acceso a la justicia de una persona en situación de extrema vulnerabilidad. La omisión deliberada del fiscal permitió la impunidad de actos de violencia física, psicológica, económica, corporal-orgánica-cerebral y violencia institucional, actos documentados desde el año 2013 hasta el 2024, por parte de los diferentes actores maltratadores que identificaremos, sin género de duda, a lo largo de esta web. Esta denuncia pública, basado en la verdad material y en pruebas documentales veraces, en vídeos de maltrato a la víctima que este fiscal incompetente, negligente y con un narcisismo y parasitismo ecosistémico indigno, que le llevó a sobreseer la causa a sabiendas que era una decisión injusta, ni siquiera miró, observó ni analizó los vídeos de maltrato. Es más, en la entrevista manipulada que me concedió y manejó de forma dolosa, me dijo que vería los vídeos con mi abogada, cosas que nunca ocurrió. Esta difusión de la verdad material en esta web, se presenta como parte de una denuncia institucional contra el actuar del Fiscal Alex García, funcionario del Ministerio Público chileno, quien, en el marco de la causa RUC 2310027280-6, omitió diligencias mínimas, ignoró pruebas médicas, periciales y audiovisuales y solicitó el sobreseimiento definitivo de una investigación que documenta más de siete años de maltrato sistemático contra una adulta mayor con demencia avanzada.

II. HECHOS DENUNCIADOS

1. Maltrato habitual ejercido por el querellado Sergio Leiva Quinteros, quien mantuvo a la víctima aislada, impidiendo sin causa justificada médica ni judicial, que tomara su tratamiento médico para su patología de demencia tipo Alzheimer, en contradicción con más de diez diagnósticos médicos y peritajes especializados y en condiciones indignas desde 2013 en adelante. Y que hizo Ormazabal o Garcia. NADA, NADA

2. Internación forzada y sin consentimiento en residencias sin supervisión médica, donde la víctima sufrió fracturas de cadera y columna, deterioro cognitivo acelerado, y privación de contacto familiar. Padeció maltrato y violencia institucional por parte de los Hogares “Holanda” y “Casa Los Abuelos” y en esta última maltrato, trato degradante y humillante y violencia física y psicológica por parte de 3 auxiliares identificadas . Y que hizo Ormazabal o Garcia. NADA. Lo consintió psicológicamente, al no hacer nada de nada

3. Apropiación de recursos económicos destinados al cuidado de la víctima, incluyendo pensiones, rentas, joyas y aportes familiares, sin trazabilidad ni fiscalización. Y que hizo Ormazabal o Garcia. NADA, NADA

4. Ocultamiento del paradero de la víctima, impidiendo todo contacto con su hijo, quien debió consultar el Registro Civil para descartar su fallecimiento.

5. Negligencia funcional del fiscal, quien:
    5.1 No instruyó diligencias mínimas.
    5.2 No valoró las múltiples pruebas entregadas.
    5.3 No formalizó investigación alguna.
    5.4 Solicitó el sobreseimiento definitivo sin causal legal.
    5.5 Se negó reiteradamente (3 veces) a recibir la declaración del querellante. Lo hizo manipulando la situación como entrevista cometiendo delitos no solo en la forma de la entrevista, sino también en el contenido de la entrevista con Alejandro Leiva Quinteros

III. TESTIMONIOS Y EVIDENCIA

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IV. ABERRACIONES DOCUMENTADAS

El señor fiscal NO señala, ni quiere considerar a sabiendas, que el imputado le quitó la medicación memantina a su madre desde 2017 a la fecha, para no tratarle su enfermedad cerebral, la demencia tipo Alzheimer, que no es cualquier enfermedad. Esta supresión de la medicación por parte del imputado (un maltrato grave y siniestro que solo lo puede hacer un hijo psicópata a su propia madre), y la ocultación de este delito por fiscal Ormazábal, comprenderá su señoría que no es un conflicto entre hermanos, es una prevaricación profunda del fiscal.

El fiscal No señala, ni considera a sabiendas, que el Imputado encerró en un aislamiento total a la víctima desde año 2017 a 2022 en un hogar de Maipú, no consentido, en complicidad total con el dueño de ese hogar. Un maltrato grave y siniestro que solo lo puede hacer un hijo psicópata integrado a su propia madre. ¿Es esto un conflicto entre hermanos?. No su señoría. Es un delito a todas luces (pero no para Ormazábal), y no considerarlo a sabiendas, es una prevaricación grave por parte del fiscal.

Además, otra grave prevaricación del fiscal es que No señala ni considera a sabiendas, que el propio imputado reconoció en audiencia de VIF esa verdadera reclusión, pero que luego se lo oculta al fiscal (miente como delincuente) pero lo grave de todo esto, no es que mienta el psicópata en su declaración, es que el fiscal aun teniendo en sus manos la declaración oficial verbal del imputado, porque se subió a fiscalía ese audio, sencillamente oculta o anula esa prueba, irrazonablemente, de vulneración de derechos y maltrato psicológico habitual contra su madre, sabiéndolo, certeramente, que eso ocurrió desde al año 2017 al 2022. Yo le entregué las pruebas del delito. Pero el fiscal las oculta, a sabiendas, para justificar su sobreseimiento. Grave prevaricación.

Esto es inimaginable su señoría. El fiscal No señala, ni considera a sabiendas, el maltrato institucional del hogar de Macul detectado por sentencia del SEREMI el 5 de enero 2024, que descubrió y sentenció con multa de 100UTM las 28 graves inobservancias que realiza este hogar, con graves consecuencias y afectaciones para la seguridad, la salud y para la calidad de vida de los residentes, entre ellas, la víctima sra Quinteros. Por ej, le detectaron que Hogar tenía alimentos y medicamentos vencidos para la hipertensión, que tenía menos personal que el mínimo necesario, etc, etc. Para este fiscal, todos los paradigmas de la sociología y la psicología social acerca del maltrato institucional y las grandes aportaciones de Michael Foucaoult sobre las instituciones cerradas y el poder, las ignora. En otras palabras, estos conocimientos no existen en su estela cognitiva e informativa de la formación universitaria que debió recibir en su momento en su Universidad Privada. Por eso, los dueños de los hogares de Maipú y de Macul, empresarios inescrupulosos, no cometen ningún delito. Es una verdadera castración epistemológica que hace el fiscal. Y un desconocimiento indignante del fiscal de lo que es un maltrato institucional. Porque para él, esto es un conflicto entre hermanos.

Por qué digo esto, porque fiscal No señala, ni quiere considerar a sabiendas, que las acciones de maltrato del Imputado obedecen, no a un cisma familiar como él lo afirma, sino que obedecen a un plan concertado, planificado, a un modus operandis, interrelacionado, interconectado entre Imputado y brazos ejecutores. Su señoría, el imputado ha actuado con PREMEDITACIÓN. Es vergonzoso decirlo, pero yo se lo expliqué claramente al fiscal en reunión por zoom, y le he entregado pruebas concluyentes de aquello, pero aun asi, para él es solo un conflicto familiar. Es también, una inconcebible prevaricación de su parte señor Ormazábal.

Lo extremadamente grave de la actuación de este fiscal, es que no considera a sabiendas, ninguna conclusión de ningún peritaje, ninguna afirmación técnica objetiva, basada en el conocimiento del caso, en la experiencia del perito, en su formación profesional, en la observación clínica y en la entrevista al Imputado y brazos ejecutores, que arrojan diagnósticos clínicos, datos y conclusiones veraces del maltrato a la víctima, basada en la evidencia. El fiscal desecha intencionadamente, esos trozos de realidad, desecha en otras palabras, el conocimiento científico de la neurología, de la psiquiatría, de la neuropsicología, del trabajo social, a sabiendas, para querer conseguir rencorosa y retorcidamente, una resolución injusta, sabiendo que es injusta. Claro, él cómo fiscal se permite el lujo de desechar un conocimiento científico sobre él que no tiene ningún conocimiento acreditado. Grave actuación del fiscal.

El fiscal No señala, ni quiso considerar a sabiendas, que neurólogo-psiquiatra, perito de las Cortes, en nov 2023, le diagnosticó padecer a la víctima, demencia tipo Alzheimer etapa 4, la más grave de todas.

El fiscal No señala, ni considera a sabiendas, uno de los delitos más graves que ejecuta el Imputado y sus brazos ejecutores contra su madre, cuál es, impedirle que tome medicación pautada para su demencia tipo Alzheimer. Oculta, invisibiliza ese acto de maltrato aberrante, al decidir no interrogar al Imputado sobre aquello, que un contable sin formación médica, sí, escucho bien su señoría, un contable (como si fuera un carpintero, o un alcohólico o un payaso, o un fiscal, da igual), el imputado suprime una medicación especializada, (dada solo por neurólogos), a su propia madre para tratarle su Alzheimer. Asi le matará sus neuronas más rápidamente. Si eso no es delito su señoría, esto que estamos viviendo todos ahora, es una alucinación esquizofrénica: Yo cuando revivo esto, me resulta verdaderamente incomprensible y alucinante, es como si de la calle entra de repente un vendedor callejero o un contable o un payaso o un fiscal, se sube al estrado, le echa a usted a un lado y empieza dictar sentencia. Esa es la barbaridad que ha hecho este psicópata y canalla contra su madre, y el fiscal Ormazábal, calladito que se ve más bonito. Para él, lamentablemente no es un delito, porque es un conflicto entre hermanos.

• Entiendo que el fiscal ignore, por su formación de abogado, si es o no importante un tratamiento médico, pero si ese tratamiento está respaldado por médicos especialistas neurólogos (de Chile y España, uno de los países con mejor desarrollo en planes y programas sanitarios y de Tercera Edad en el mundo), debe ser capaz de entender que no dar esa medicación es un maltrato físico-orgánico-cerebral, por 4 razones principales: por la finalidad del tratamiento, porque asi lo dice el conocimiento científico y por las consecuencias negativas de no recibirlo y por la vulnerabilidad del paciente. Como dije, es equivalente a matarle las neuronas directamente durante 7 años consecutivos, durante 2.555 dias consecutivos a este psicópata integrado se le olvidó darle el remedio a su madre. Sorprendentemente, para el fiscal no es un delito. Es un conflicto familiar.

El fiscal No señala, ni considera a sabiendas, que Imputado y la dueña del hogar Macul, se niegan a informarme si hay algún protocolo establecido por ellos, que certifique que le están dando realmente esa medicación. Esta vulneración de derechos de familiar del paciente, la omite fiscal en su trabajo.

El fiscal No señala, ni considera a sabiendas, que médico general de hogar de Macul, no le da medicación a la víctima por rechazar, anular diagnósticos de médicos neurólogos, reflejando su mala lext artis y seguir el mandato de Imputado a este respecto. Es inadmisible que un médico general siquiera, discuta un diagnóstico de un neurólogo. Menos de 10. Es como si un cabo discutiera la orden de 10 generales de la OTAN al mismo tiempo. Este delito del médico del Hogar, el señor fiscal ni siquera lo investigó, como muchos otros delitos. Lo desechó, prevaricando totalmente.

El Fiscal No señala, ni considera a sabiendas, que a mi madre la dejaron inválida a los 27 dias de ingresar al hogar Macul, por fracturarle la cadera, por negligencia o por maltrato corporal por personal del Hogar. ¿Es esto un conflicto entre hermanos?. No, es un delito de lesiones corporales por parte de Hogar a mi madre y ocultarlo, prevaricación señor Ormazábal.

El fiscal, por tanto, No señala, ni considera a sabiendas, la información entregada por estos 3 actores: el Imputado, el Hosp Salvador y por Unidad Help sobre la fractura de cadera, que contradicen abierta y absolutamente, al testimonio de la dueña del hogar. Pero fiscal lo oculta, lógicamente, para justificar su sobreseimiento.

Lo pregunto porque el fiscal No señala, ni considera a sabiendas, la información oficial entregada por la directora del Hospital Salvador sobre las fracturas vertebrales, que afirma, sin género de dudas, que mi madre llegó al hospital con las vértebras rotas (usted no se imagina sr juez, lo que me costó conseguir ese certificado, a 12.000 kms de distancia, en un país tercer mundista. Sí, señor fiscal, mi madre llegó al hospital con las vértebras rotas. Se detectó por TAC en urgencias, antes de ingresar a salas comunes. ¿Y esto es un conflicto entre hermanos?. Usted oculta este diagnóstico médico irrefutable, de maltrato con lesiones, de negligencia u omisión de cuidado, con lesiones, por parte de la imputada. Esto es una prevaricación cojonuda como dicen en la madre patria

El fiscal No señala, ni quiso considerar a sabiendas, que hay 3 auxiliares identificadas que maltratan a mi madre sistemáticamente, usadas por la dueña y en complicidad del Imputado, que se aprecian cruelmente, en un vídeo de maltrato. Y hay muchísimos más vídeos que se demuestra este maltrato habitual a la víctima. Esto no es un conflicto familiar, es un delito que usted ha invisibilizado conscientemente para querer justificar un sobreseimiento precario, rencoroso e injusto, a sabiendas que es injusto, que eso es lo grave de su actuación

El fiscal No señala, ni considera a sabiendas, que Imputado prohibió que su madre recibiera todo tipo de visitas en ambos hogares, en colaboración y complicidad absoluta con dueños de ambos hogares. Esta es una vulneración de derechos de 1º año de facultad, pero no para fiscal Ormazábal

El fiscal No señala, ni considera a sabiendas, la vulneración ejercitada por el Hogar, del derecho de mi madre a comunicarse normalmente conmigo via zoom, utilizando a las mismas 3 auxiliares como brazos ejecutores y sabiéndolo la dueña, el Imputado y el fiscal por sendos escritos. ¿Y esto para el fiscal es un conflicto entre hermanos?. Estas 3 auxiliares recurren, utilizando diferentes estrategias de maltrato, anulando el audio, el video, la posición de los audífonos, la posición de la cámara, sentando en la silla de ruedas de forma torturante a mi madre para que yo lo vea y putee a las auxiliares, etc, etc. Esto señor fiscal es vulneración de derechos de 1º año de facultad de derecho a una persona vulnerable.

El fiscal No señala, ni quiere considerar a sabiendas que, a uno de esos certificados, la dueña le falsificó la firma al médico, puso el diagnóstico clínico que quiso de la víctima y lo envió con firma digital, a un poder del Estado como el Tribunal de VIF. Este acto delincuencial de la dueña del hogar, conocido y consentido por el Imputado, vergonzosamente, no forma parte de los trozos de realidad de esta causa penal, porque para fiscal este delito, no es un delito cometido por una de las imputadas, sino es un conflicto entre hermanos. Incomprensible e intolerable el comportamiento judicial del fiscal.

El fiscal No señala, ni considera a sabiendas, las falsedades de los PDIs Pizarro y Nuñez que entregaron en sus informes criminalísticos, pero que igualmente fueron usados como dato por el fiscal para procurar este sobreseimiento. Estos informes criminalísticos falsos de los PDIs, conscientemente por parte de los policías, ya se han reclamado a las oficinas respectivas y está en curso una investigación sumarial en la unidad respectiva. Y esta utilización de datos falsos, que lleva indudablemente a conclusiones falsas por regla de lógica aristotélica, el fiscal no lo sabe?.

El fiscal No señala, ni considera a sabiendas, los acuerdos a los que tuvo que llegar el Imputado con los dueños de los hogares. Es que ni siquiera los investigó (como ha hecho con casi todas las pruebas), saltándose negligentemente la máxima criminalística de que detrás de un delito, hay un móvil. O que detrás toda conducta humana, hay un motivo. Pero para usted, esto es un conflicto entre hermanos. Esto es un acuerdo patológico aberrante, delictivo, entre imputado y los dueños de los 2 hogares para conseguir maltratar y vulnerar los derechos de la víctima. Premeditadamente. Pero para usted, son bobadas mías con el imputado. No su señoría, esto es una prevaricación.

El fiscal No señala, ni considera a sabiendas, con pruebas de audio en la mano, que Imputado desoye petición de su madre de no alquilar su Dp el año 2017, para ir a vivir allí, a su regreso de España. Recuerde su señoría, que mi madre el año 2017, tenía 90 años y estaba diagnosticada de tener demencia tipo Alzheimer etapa 1, la más leve. Podía vivir perfectamente en su casa con ayuda. Perfectamente. ¿A su señoría le gustaría pasar sus últimos años de vida en su casa que tanto le costó obtener?. A todos indudablemente. Pero para este psicópata eso significaba que ya no seguiría recibiendo el dinerito del alquiler del Dp de su madre. Y tendría que de vez en cuando comprarle comida y medicamentos y llevárselos a su casa. Vaya desgracia para este canalla. Esto su señoría, es un maltrato de libro y vulneración de derechos a su madre vulnerable, en toda regla y de 1º año de facultad. No es un conflicto entre hermanos. Pero usted señor fiscal lo desecha, a sabiendas que es un delito. Grave prevaricación, a sabiendas que lo es.

El fiscal No señala, ni considera a sabiendas que, por la fractura de cadera y de las vértebras, a mi madre no le dieron tratamiento adecuado Kinesiología, como lo afirma peritaje de asistente social. Maltrato en toda regla a persona vulnerable, pero para fiscal es un conflicto entre hermanos.

Pero desgraciadamente, para Ormazábal, todo lo ocurrido ente 2017 y 2024, todo, es un conflicto entre hermanos ¡¡¡¡. Por eso quiere, de forma irregular, errónea, rencorosa e injustamente, sobreseer el caso, sabiendo que es una decisión injusta.

El fiscal No señala, ni considera a sabiendas, que Hogar de Macul e Imputado se negaron a que la víctima haga exámenes de laboratorio, prescrito por médico geriatra que yo envié para valorar su estado de salud.

El fiscal No señala, ni considera a sabiendas, que inquilinos en enero del año 2017, le enviaron mail a Imputado que desalojaban voluntariamente el Dp para que su madre pudiera regresar a vivir allí y no fuera aislada en Hogar de Maipú. Yo logré comunicarme con ellos. Otra prueba evidente con fecha de ocurrencia entregada al señor fiscal. Pero que Imputado lo desecho e igualmente alquiló su Dp e internó a su madre contra su voluntad en un Hogar de auténtica mierda. Y fiscal, desecha esta prueba palmaria, para consolidar su prevaricación. Y ese Hogar lo conocí yo por eso lo describo de esa manera. El psicópata lo eligió perfectamente. En la periferia de Santiago, Maipú a 50 kms de su casa. Él vive cómodamente con un patrimonio de 800 millones de pesos, en las Condes, con casa en la playa, 4 coches, con hijos educados y sus títulos comprados (de médicos veterinarios), en la universidad privada más cara de Chile. Y su madre, vergonzosamente maltratado y aislada en un hogar de mierda y más encima, este carajo le roba sus joyas, se apropia de su pensión, de la renta de su Dp y del dinero de la medicación (200€ cada mes) durante al menos, 5 años consecutivos. Y todo esto para el fiscal Ormazábal o abogado defensor, es un conflicto entre hermanos.

2º Aberra: La víctima tiene 10 diagnósticos e informes de médicos de neurólogos (chilenos y españoles) que se la prescriben indefinidamente,

Por qué digo esto, porque el fiscal No señala, ni considera a sabiendas, que la víctima tiene 10 diagnósticos e informes de médicos de neurólogos (chilenos y españoles) que se la prescriben indefinidamente, para tratar su demencia tipo Alzheimer y que es el único tratamiento de elección, a nivel mundial, para este tipo de demencia.

Y por qué digo esto, porque el fiscal No señala, ni considera a sabiendas, que por ese motivo la Jueza de VIF (doctora en derecho y especialista en derecho procesal de personas mayores, la Jueza Jessica Arenas Paredes), sentenció, rotundamente, que había indicios más que suficientes de maltrato habitual contra la víctima (mi madre), por parte del imputado, y por eso derivó el caso al Tribunal Penal. Error grave de Ormazábal.

El fiscal No señala, ni considera a sabiendas que el Imputado en su declaración engañadora y falsaria, omite todo, todo lo sucedido entre los años 2017 a 2022. Es cuestión de ver su declaración. Resulta inconcebible que esos años de maltrato no existieron para el fiscal. Como si todos los maltratos y abusos contra mi madre por el imputado y brazos ejecutores, en esos años, no sucedieron. Lo grave del caso su señoría es qué, para el fiscal, no hay trozos de maltrato en esos años, a pesar que le demostré todos y cada uno de esos trozos de realidad con pruebas evidentes, con fechas concretas de ocurrencias de los delitos. Solo me falto teletransportarlo al pasado para que lo viera. Y está todo en la querella criminal, en distintos escritos subidos a fiscalía, y tengo serias dudas que los haya leído.
• Con esa conducta inusual del fiscal de no interrogar, de no investigar los maltratos relatados
• Lo que hizo fue silenciar, invisibilizar hechos y pruebas entregadas para llegar a la verdad formal
• Esto claramente, no es un conflicto entre hermanos. Es prevaricación del fiscal Ormazábal.

El fiscal, en esta misma línea, No señala, ni considera a sabiendas, que imputado tuvo que usar brazos ejecutores (dueños de hogares) para consumar sus delitos dentro de los Hogares. De lo contrario, sería imposible hacerlo. ¿Y esto es un conflicto entre hermanos?. Es un delito de vulneración de derechos de la víctima y es una prevaricación. Encargó, solicitó, utilizó, alguien dentro del Hogar, para que ejecutara sus siniestros deseos de maltratar a su madre. Aislarla completamente del mundo y no darle la medicación. Maltrato brutal si consideramos que se lo hacen a una persona de 90 años con demencia tipo Alzheimer, extremadamente vulnerable. Y ocultar esos delitos, es prevaricación.

Añade aquí tu texto de cabecera

El fiscal No señala, ni considera a sabiendas, que mi madre entre los años 2015 y 2017, fue diagnosticada de padecer deterioro cognitivo, demencia leve hasta llegar al diagnóstico definitivo de padecer demencia tipo Alzheimer etapa 1, la más leve de todas. El deterioro en mi madre empezó gradualmente como en muchas de las distintas demencias.

Lo grave de la actuación del fiscal, es que No señala, ni quiere considerar a sabiendas, que este dato es una prueba clínica contundente, concluyente, definitiva y que, según el perito neurólogo y psiquiatra, este aumento cuali y cuantitativo de la demencia de la víctima, es producto que no recibiera el tratamiento farmacológico indicado y que fue un maltrato muy grave que el imputado de profesión contable (no médico), se lo retirara y los brazos ejecutores, colaborativamente y en complicidad total, impidieran además, que la víctima la pudiera tomar siguiendo instrucciones y peticiones mias, como doctor en psicología. Añade también el perito, que fue un error grave no proporcionarle ningún tipo de estimulación neurocognitiva a la paciente. Eso le provocó el aislamiento por si no lo sabía el fiscal. Lo mismo que señaló el perito neuropsicólogo. ¿Y esto es conflicto entre hermanos?. No su señoría. No señor fiscal. Esto es un grave maltrato habitual, es un delito de lesiones orgánico cerebrales que usted ha omitido y ocultado, prevaricando, para querer fundamentar un sobreseimiento rencoroso e injusto, a sabiendas que es injusto. Entiendo que por su ignorancia de la medicina y la psicología no sea capaz de valorar la importancia de un tratamiento médico, pero es ignorancia inexcusable de su parte, si no cataloga de delito y de lesiones orgánico cerebrales a sabiendas, que un hijo contable, le suprima o le impida a su madre extremadamente vulnerable, recibir el único (fíjese lo que digo), el único tratamiento médico posible para tratar su demencia tipo Alzheimer, prescrito por 10 neurólogos españoles y chilenos, durante 7 años o 2.555 días. Y que yo, como doctor en psicología y acompañado de recetas de médicos españoles y chilenos, le recordara unas cuantas veces en estos 2.555 dias a este maltratador que le debe dar la medicación a su madre para no seguir matándole neuronas. Esto no es conflicto entre hermanos señor fiscal. Esto es un delito de lesiones y es una prevaricación brutal, pura y dura de su parte, porque usted ha tenido toda esa información en sus manos y la ha ocultado, escondido, para querer construir rencorosa e injustamente, un sobreseimiento, a sabiendas, injusto.

El fiscal No señala, ni considera a sabiendas que, hogar de Macul no le da medicación memantina, prescrita por neurólogo en noviembre de 2023 (peritaje), y con acuerdo con la dueña del hogar de dar esa medicación. Eso es un maltrato corporal, orgánico, cerebral, pero para fiscal, es un conflicto entre hermanos. Es preciso señalar que hay autoincriminación de la dueña del hogar, porque desde que mi madre se incorporó al Hogar, ella también le prohibió a mi madre que tomara la medicación, pero en noviembre de 2023, reconoce y admite y se compromete con el neurólogo, que le dará la medicación. Esta mujer es pilla y delincuente para falsificar certificados médicos como verán más adelante, es pilla para tabicar un pasillo y aumentar una plaza en el Hogar y ganar más dinero de lo permitido, pero es tontorrona porque se auto incrimina al reconocer que en un primer momento prohibió que mi madre tomara su medicación, pero para quedar bien con neurólogo y bajar su perfil de criminalidad, se compromete con él a permitir que mi madre tome la medicación. Pero para fiscal Ormazábal, esa auto incriminación no es un delito, es conflicto entre hermanos

El fiscal No señala, ni considera a sabiendas, que Imputado se negó a que un médico general enviado por mí, le prescribiera vitaminas cerebrales a su madre. Con esta acción, el Imputado le impide a su madre, tomar siquiera vitaminas cerebrales. Este maltrato del Imputado a su madre, según fiscal es un conflicto entre hermanos, claro, para justificar su prevaricación y pretender sobreseer el caso. Hace lo mismo que con la memantina, como contable, decide suprimir una receta dada por médico para que su madre no tome siquiera vitaminas cerebrales. El acto es igual de perverso, delictivo y criminal.

El fiscal No señala, ni considera a sabiendas, que Imputado no les informa a médicos generales de CESFAM que su madre padece Alzheimer, para que no le den la medicación para su enfermedad. Esto solo lo hace un hijo a su madre, si es un psicópata integrado. Por esta razón, estos médicos generales no prescriben tratamiento dado por neurólogos. Tampoco el fiscal averiguó nada al respecto con el Imputado. Invisibilizó este maltrato del Imputado. No se cómo llamar esta aberración premeditada del imputado para causar daño corporal-orgánico-cerebral a su madre, de negar que su madre padece una enfermedad para que no le den el adecuado tratamiento médico. Eso solo lo puede hacer a su madre, un canalla, un psicópata. Pero el fiscal a esta aberración premeditada para provocar daño cerebral irreversible a su madre, lo llama conflicto entre hermanos.

El fiscal No señala, ni quiere considerar a sabiendas, que la dueña del hogar Macul respecto de ese siniestro “suceso”, en peritaje oficial a Asistente Social, afirmó que la víctima se cayó de noche, de la cama, para ir al baño. Testimonio absolutamente falso para encubrir un maltrato del Hogar y que Imputado le contradijo por un lapsus linguae en entrevista con neuropsicólogo, como también le contradicen la unidad Help y el Hospital Salvador, que aseguran que la caída fue de día y de su altura, y no de noche ni de una cama. Porque la llevaron y la ingresaron de urgencia en el hospital, de día, no de noche. Y esto el fiscal, a sabiendas, no lo investiga y más encima, le llama un conflicto entre hermanos. Es un dato evidente que fiscal no lo quiso contemplar como maltrato de un brazo ejecutor, de una imputada, a sabiendas que sí lo es. Resulta además incalificable su decisión de no incluirlo como maltrato, sabiendo que mi madre no controla esfínteres y toma 2 somníferos para dormir.

Otro acto macabro del fiscal. No señala, ni quiso considerar, a sabiendas, que en el Hogar Macul le fracturaron 2 vértebras, la T11 T12 a la víctima y que dueña culpó directamente al Hosp Salvador de realizarlas, información que avala el Imputado.

Otra muy grave prevaricación del fiscal. No señala, ni quiso considerar a sabiendas, los maltratos evidentes, crueles, sistemáticos, consentidos por la dueña del hogar y por el Imputado, que aparecen en vídeos entregados a fiscalía. Esto es gravísimo. Y el fiscal creo, ni siquera ha visto esos vídeos. Estos maltratos psicológicos y comunicacionales habituales, constituyen un delito penal grave señor fiscal, en una persona vulnerable como mi madre. No es un conflicto entre hermanos como usted quiere, intencionadamente, hacerlo ver. No creo que el más discapacitado de los psicólogos expertos en terapia familiar y conflictos familiares, opine como usted.

Este fiscal no considera que aislar a la víctima, tal como lo hizo el Imputado (aislamiento total), es equivalente a suprimir en la víctima el acceso a sus experiencias, a sus recuerdos, a sus vivencias, a sus afectos, a sus seres queridos. Seguramente, por su nula formación académica en medicina y psicología, y, principalmente, por su escasa empatía y mínimo grado de sensibilidad humana, no es capaz de procesar la magnitud del daño psicológico que significa someter a una persona a esta situación de encierro, más todavía, cuando la persona es extremadamente vulnerable. Pero estas disfuncionalidades o discapacidades personales del fiscal, no le excusan que está en la obligación de saber, que hacer esto contra su madre, es una vulneración de DDHH, es un delito, es un maltrato habitual inconmensurable y va en contra del CP, en contra de la constitución chilena y en contra de tratados internacionales sobre estas materias en personas mayores, como la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas mayores de 2017, por i no lo sabía.

El fiscal No señala, ni considera a sabiendas, que el Imputado siguiendo su plan sistemático, su modus operandis, en complicidad total con la dueña del hogar de Macul y con PREMEDITACIÓN total, vulneró el derecho de mi madre a comunicarse conmigo desde su ingreso a ese Hogar (abril 2022). Este atropello a los DDHH de mi madre, quedó reflejado en letras rojas, en su ficha de ingreso. ¿Esto es un conflicto entre hermanos?. Le corrijo señor fiscal, es un maltrato evidente y usted ha prevaricado al no considerarlo ni incluirlo como delito, sabiéndolo evidentemente.

El fiscal No señala, ni considera a sabiendas, que dueña del hogar Macul, falsificó 2 certificados médicos, y que fue denunciada por médico Gerson Garces del Hogar que renunció al trabajo cuando se percató del delito en peritaje oficial de asistente social.

El fiscal No señala, ni considera a sabiendas, el maltrato de pasar frío a mi madre diariamente, a tener hipotermia continuamente, porque el señor fiscal, lamentablemente parece desconocer que tanto la hipotermia como hipertermia, es un indicador clarísimo de maltrato físico. Este maltrato se visualiza en vídeos y ha sido reclamado fehacientemente a fiscalía, al Hogar y al Imputado, ya que Hogar no tiene calefacción ¡¡¡. ¿Y esto es un conflicto entre hermanos?. No le deseo que usted nunca vea pasar frío diariamente a su madre, entre otras muchas de las barbaridades como las señaladas y que un observador precario, ignorante e incompetente, lo vea como un conflicto entre familiares. Eso es un dato objetivo. Sépalo metafóricamente: que dato mata relato.

El fiscal No señala, ni considera a sabiendas, que el Imputado para maltratar a mi madre, se tuvo que coordinar, obligatoriamente, con los dueños de los hogares para que ejerzan como brazos ejecutores, si no, es imposible que impusiera el imputado, sus deseos, sobre los dueños de los hogares. Ahí está su perversa premeditación contra su madre de 97 años y casi descerebrada
• Tanto, para ocultarla completamente y aislarla de toda interacción social, familiar, en c/hogar
• Y para no darle la medicación, tenía que contar con ellos para no incluir ese medicamento en lista
• Le pregunto señor fiscal ¿Y esto es un conflicto entre hermanos
• A mi juicio como doctor en psicología, su psicopatía lo lleva a actuar con premeditación y alevosía
• No es conflicto filial. Es un delito lo que hace el imputado con sus cómplices, los dueños de los hogares y actúa con premeditación para proporcionarle el mayor daño posible a su madre
• Y usted prevarica al ocultar las pruebas que se le entregaron en fiscalía para demostrar maltratos

El fiscal No señala, ni considera a sabiendas, que Imputado se apropió de sus joyas, de su pensión, del alquiler Dp, del dinero de su medicación (200€/mes durante 5 años) para su beneficio. Calculo, con estimación a la baja, que le despojó a su madre unos 62.000 euros. Con estimación realista, le despojó al menos unos 100.000 euros. Esto es un robo. Sobre esta denuncia, es fiscal no quiso hacer ninguna diligencia, ninguna, a pesar de la gravedad de las acusaciones a imputado. Como en muchas otras. Nada le costaba pedirle, un estado de cuentas y de ingresos bancarios y de los gastos que incurría el apoderado con su madre y cuanto le quedaba de ganancia en su cuenta bancaria que pasaban a su pecunio personal.

El fiscal No señala, ni considera a sabiendas, con pruebas de audio entregadas a fiscalía, que cuando yo llamaba a hogar de Maipú, allí negaban que mi madre estaba ingresada, desde el año 2017 a 2022, porque Imputado y dueño del hogar, en complicidad absoluta, negaban que mi madre estaba residiendo allí. ¿Esto es un conflicto entre hermanos o es un delito penal señor fiscal, o es una Vulneración de DDHH contra mi madre?. Lo que sí es evidente, que usted ha ocultado esas pruebas de audio de delito indudable, indiscutibles, para construir un sobreseimiento lúgubre, rencoroso e injusto. A sabiendas que es injusto. Con el agravante, que el propio imputado reconoce en testimonio a Jueza de VIF, que lo hizo y que yo le entregue a usted señor fiscal, esas pruebas válidas confiables.

Como puede apreciar su señoría, todos los maltratos, vulneración de derechos y crueldades que comete el Imputado contra su madre, yo se los fundamente a fiscal (y los peritos también lo señalan), que estamos en presencia de un imputado psicópata integrado que, por sus rasgos de pd (entre otras razones), comete estos delitos, no por un conflicto entre hermanos como vergonzosamente asegura el fiscal de la causa

El fiscal No señala, ni considera a sabiendas, que Imputado no llevó a su madre a funeral de su hermano el año 2019. Esto es un delitito, pequeñito de vulneración de derechitos pero que para fiscal ni siquiera es un delitito en absoluto, asi que no lo vamos contabilizar como tal. Pero sépalo, usted anula, rechaza, oculta, desvalora, el conocimiento de paradigmas antropológicos, psicológicos y sociales, de la necesidad del ser humano de enterrar, velar y hacer el duelo de sus seres queridos cuando mueren. Este psicópata, ni eso se lo permitió a su madre. A ese nivel de maltrato siniestro ha llegado este canalla. Pero para fiscal, esto es un conflicto entre hermanos.

El fiscal No señala, ni considera a sabiendas que, en mi declaración por zoom, el fiscal me ilusiona y me engaña a la vez, pidiéndome escritos inservibles, que no van a ninguna parte. La abogada me quitó inmediatamente la ilusión y me hizo aterrizar sobre las burradas que me pidió fiscal. Por ejemplo, me solicitó
• Que le haga un diagnóstico clínico del Imputado, que es un psicópata integrado, documento totalmente inválido e inservible por quien lo hace. Para que me lo pidió señor fiscal. ¿Para ilusionarme, para engañarme y tratarme como un bobo?
• Que le facilite una declaración por audio o escrita directamente a él por mail
• Me afirmó que intentó visualizar los videos de maltrato con mi abogada, lo cual es auténticamente falso porque ella me aseguró que nunca ha visto videos con fiscal.

Para Ormazábal, todo lo ocurrido ente 2017 y 2024, todo, es un conflicto entre hermanos ¡¡¡¡. Por eso quiere, de forma irregular, errónea, rencorosa e injustamente, sobreseer el caso, sabiendo que es una decisión injusta.

V. FUNDAMENTOS JURÍDICOS

La conducta del fiscal configura los siguientes delitos:

1. Obstrucción a la justicia (Art. 269 ter del Código Penal): al omitir diligencias esenciales y cerrar la investigación sin fundamento legal.

2. Omisión de denuncia (Art. 177 en relación con el Art. 175 letra b): al no activar mecanismos de protección frente a hechos constitutivos de delito.

Además, se vulneran principios esenciales del proceso penal:

1. Principio de objetividad (Ley Orgánica del Ministerio Público)
2. Deber de protección reforzada hacia personas mayores (Ley 20.066, Ley 20.584)
3. Derecho de acceso a la justicia (Constitución chilena y tratados internacionales)

VI. AGRAVANTES FUNCIONALES

1. La víctima se encuentra en situación de extrema vulnerabilidad, por su demencia tipo Alzheimer gravemente deteriorada por impedir, por parte de su hijo, un psicópata integrado, que su madre reciba tratamiento especializado para el Alzheimer y que la aislaron y recluyeron vulnerando sus derechos humanos fundamentales. Y que hizo Ormazabal o Garcia. NADA, NADA

2. El fiscal fue informado de los hechos mediante documentos, peritajes y registros audiovisuales, donde se observa de forma malévola, como 3 auxiliares del Hogar “Casa los Abuelos”, se ensañan con la víctima. Y que hizo Ormazabal o Garcia. NADA, NADA

3. El querellante reside en el extranjero, lo que agrava la indefensión y el aislamiento.

4. La inacción del fiscal permitió la continuidad del maltrato y el agravamiento del daño.

VII. PETICIONES

1. Sanción administrativa y penal al Fiscal Alex Ormazábal García por incumplimiento grave de sus deberes funcionales, éticos, judiciales, constitucionales

2. Anulación de la investigación penal en la causa RUC 2310027280-6, si sale sentencia merecida a este fiscal presunto corrupto y narcisista incontrolable, con designación de un fiscal competente y diligente.

3. Medidas cautelares urgentes para proteger a la víctima, garantizar su paradero, estado de salud y condiciones de vida.

4. Desconozco el paradero de mi madre, desde el 20 de agosto de 2024, porque el psicópata integrado la retiró del Hogar “Casa los Abuelos, sin informar donde la recluyó, pero sí informó directamente por mail del Fiscal de este acto delictivo mientras era fiscal de la causa. Y nada hizo el fiscal

5. Fiscalización del uso de recursos económicos destinados al cuidado de la víctima, incluyendo pensión, rentas y aportes familiares.

6. Reconocimiento público del daño institucional causado por la negligencia del Ministerio Público en este caso.

VIII. COSIDERACIÓN NECESARIA

Esta información sobre la querella y denuncia digital contra el señor Garcia/Ormazabal u Ormazabal/Garcia, no busca venganza. Busca justicia, ecuanimidad, igualdad, honradez, honestidad, conciencia. Busca la verdad de lo ocurrido. Busca desenmascarar a los parásitos y corruptos que se ocultan en instituciones pilares de cualquier sociedad, como es el poder judicial, la policía, las instituciones públicas como el SENAMA, el COMPIN, la superintendencia de Salud, el CESFAM, la Municipalidad de Macul y la red de residencias para personas mayores protegidas funcionarios corruptos. Busca que el Estado chileno cumpla su deber de proteger a quienes no pueden defenderse por sí mismos. Cuando la Fiscalía calla, omite, esconde o destruye pruebas, cuando el fiscal oculta, no ejecuta acciones judiciales de investigación, cuando la ley se convierte en papel mojado, la ciudadanía tiene el deber de hablar, de reclamar, de mostrar e identificar los maltratadores a la sociedad, de visibilizar todo el ecosistema corrupto como lo ha visto toda la ciudadanía chilena a través de los medios de comunicación en el último año. La ciudadanía tiene, en definitiva, el deber y el derecho de solicitar reparación.

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