maltrato a ricarda quinteros

RUTH ROJAS SOTO


LA ABOGADA QUE CONVIRTIÓ LA DEFENSA EN UN MERCADO

I. QUIÉN ERA RUTH ROJAS SOTO Y POR QUÉ FUE ELEGIDA

Ruth Aracelly Rojas Soto, abogada independiente, de apariencia joven, de sobrepeso por una acumulación excesiva y anormal de grasa corporal que evidencia obesidad significativa, por ese motivo, ni siquiera en las reuniones por videollamada podía abstenerse de comer y beber. Compró su título (durante los 10 años que le duró la carrera) de abogada en la Universidad privada Santo Tomas. Su domicilio es en Peñalolén, Santiago de Chile. Se presentó como especialista en derecho de familia y penal. Su discurso (durante la reunión de selección), era seguro, su tono convincente, su promesa clara: defenderme en todas las causas (quizás porque vería potencial posibilidad de extraerme dinero fácil. Se ofreció desde presentar demandas VIF hasta querellas penales, demandas civiles y acciones contra el Estado. Y en entrevista de preselección, que está grabada, se presentó como abogada defensora especialmente de las personas mayores en Chile, porque es consciente de las discriminaciones judiciales, económicas, de salud, etc, etc que padece este colectivo y también, por las vivencias que ha tenido con sus abuelos. Fue listilla en su discurso de presentación, hay que reconocerlo, para asegurarse de llevar a cabo todas las acciones judiciales.

El contrato que firmó conmigo el 24 de febrero de 2026 era uno de los más completos, más exigentes y más detallados que cualquier abogado me había ofrecido. Parecía, por fin, la profesional que podía sostener el peso jurídico y emocional de todas mis casos judiciales.

Pero lo que vino después no fue defensa. Fue una estafa emocional, económica y profesional, a sabiendas, planificada y ejecutada con una frialdad que solo se entiende cuando se analiza desde la psicología profunda, cuando consideramos su lenguaje verbal, los tiempos en que lanzaba el anzuelo, su conducta no verbal, sus contenidos latentes, el análisis de contenido de su discurso.

II. EL CONTRATO: UNA PROMESA MONUMENTAL QUE NUNCA EXISTIÓ

El contrato de Ruth es una pieza jurídica impecable. Y precisamente por eso, su incumplimiento es devastador. Ahí no fue listilla, fue lamedora para que la contratara, para conseguir su objetivo de tenerme en su mirilla.

Obligaciones que ella aceptó:

  • Representación en VIF

  • Querella contra la abogada Camila Ávalos, querella por estafa

  • Querella por maltrato habitual contra el hogar “La Casa de los Abuelos”

  • Querella contra la Fiscal Regional del 9º Juzgado de Garantía

  • Demanda por falta de servicio contra el Estado

  • Querella contra Sergio Leiva, el psicópata integrado

  • Estrategias previas en penal, familia y civil

  • Dos reuniones mensuales

  • Presentación de escritos dentro de plazo

  • Participación en mi plataforma digital

  • Participación en mi libro

  • Devolución íntegra de honorarios si renunciaba

  • Cláusula penal del 50% por incumplimiento

Ruth Rojas Soto, aceptó todo. Firmó todo. Prometió todo. Ella redactó e incorporó al contrato la cláusula penal del 50% por incumplimiento, a costa de agradecer y seducir a la posible víctima. Todo está calculado, pensaba ella mientras se afilaba los dientes y todo quedaba grabado reflexionaba yo, por si tenía quede denunciarla por malas prácticas en un futuro cercano.

Y no cumplió nada. Nada. Todo está demostrado y es absolutamente verificable, porque no caí en sus trampas y no le di dinero extra. Porque olí su delito, porque olía su perversión, porque veía su prevaricación y porque entre cada burrada de petición de dinero, no dejó pasar más de 15 días, ya que su ansiedad devoradora le delataba.

Aquí enumeraremos, con precisión quirúrgica, los deberes profesionales quebrados y pisoteados por esta abogadilla traicionera:

– Deber de lealtad – Deber de diligencia – Deber de información – Deber de defensa técnica – Deber de no apropiación de fondos – Deber de no pactar con la contraparte sin autorización – Deber de no abandonar procedimientos en curso – Deber de protección reforzada frente a clientes vulnerables.

Pero además de romper y pisotear los deberes profesionales arriba mencionados, Ruth Rojas Soto, por su insaciabilidad, por su deseo de comerse todo y de voracidad irrefrenable (por eso también su obesidad) y por estar fijada en la etapa oral según el modelo psicoanalítico, confirmado por sus comportamientos y actuaciones personales y judiciales, no solo destrozó sus deberes profesionales como abogada, sino que también llegó a pedirme dinero (por lo vagini) como dicen en Chile, de forma extrajudicial, extracontractual, como lo detallo a continuación y que tiene ribetes posiblemente delicitivos.

III. EL QUIEBRE: LA PETICIÓN DE DINERO “ARREGLAR SU COCHE”

La primera señal de alarma fue grotesca. Me pidió dinero porque un cliente, según ella, dejó de pagarle su causa y necesitaba dinero para arreglar su coche. Y lo hizo por guasap y está todo verificado. Por supuesto que no le di dinero por debajo.

La segunda señal de alarma fue más grotesca todavía.

Ruth me pidió dinero “para su hermana” por la misma vía. Aludiendo que la tenían que operar de los huesos sí o sí y no tenía dinero para la operación. Me metió en el cuento a su padre que no aportaba dinero. Una petición completamente impropia, manipuladora, alarmista, antiética, incompatible con cualquier estándar profesional.

Y entre ambas peticiones estafadoras, porque lo hacía a sabiendas buscando lucro directo para otros fines que no eran los acordados entre ambos, ni siquiera pasaron 15 días. Sin vergüenza, sin disimulo.

Y la tercera señal de alarma fue cuando no me presentaba los escritos acordados para revisarlos y presentarlos en sede de familia y en sede penal, 2 acciones judiciales que ya estaban pagadas antes siquiera de entregar los escritos y las respectivas demandas, querellas. No se comunicaba, ni por mail ni por guasap, a pesar de los compromisos adquiridos.

Cuando yo, con humanidad, intranquilidad, y preocupación porque pasaban los días de incumplimientos de entrega de documentos y de acceder a reuniones programadas, pregunté qué ocurría, ella inventó otra historia más bizarra e inauténtica que las anteriores, demostrando un incremento en su sinvergüencería y un impulso al engaño con poco o casi nada de freno ni de regulación personal ni profesional:

“Me operaron de la garganta.” De un día para otro balbuceo en algún momento.

Otra mentira. Una manipulación emocional. Todo a sabiendas. Una excusa para justificar la ausencia de contacto, su desaparición que ya la estaba planeando y que ni siquiera me avisó. Le pedí de la mejor forma posible para que no se sintiera ofendida, un documento justificativo de su “posible operación” de “urgencias” que había señalado padecer. Pero la abogada Ruth Rojas Soto, en lugar de facilitar el informe para zanjar la duda que ella misma extendió en su relación profesional por sus propios actos abusivos e inadecuados, se negó rotundamente a proporcionar cualquier documento relativo a la supuesta operación y, además, se hizo la ofendida, la “víctima”, agregando burradas histéricas y victimistas típicas de estos personajes.

Este episodio marca el inicio del quiebre:

  • la profesional se convierte en solicitante,

  • la defensa se convierte en un mercado de posible dinero extra,

  • la ética se convierte en ficción,

  • y el vínculo se convierte en un espacio de abuso emocional y de extraer dinero.

IV. EL ABANDONO: LA DESAPARICIÓN TOTAL

Después de pedir dinero en 3 ocasiones, la abogada Ruth Rojas Soto desapareció.

No:

  • presentó demandas,

  • no redactó querellas,

  • no preparó estrategias,

  • no preparó teorías del caso para ninguna acción judicial,

  • no sostuvo reuniones, mucho menos de las planificadas

  • no cumplió plazos,

  • no informó avances,

  • no ejecutó diligencias,

  • se negó a realizar otras pactadas por consenso para potenciar acciones judiciales,

  • no presto atención reforzada a persona mayor extremadamente vulnerable, que es mi madre y víctima de VI y que por eso se presentó la demanda.

  • no devolvió dinero,

  • ni cumplió ninguna obligación contractual.

Simplemente se evaporó.

Y lo hizo en un momento crítico:

  • cuando yo estabas sin defensa,

  • cuando Camila ya había abandonado,

  • cuando mi madre estaba desaparecida desde agosto de 2024,

  • cuando las causas estaban en riesgo,

  • cuando yo estaba emocionalmente devastado.

Ruth Rojas Soto, sabía todo esto. Y, aun así, desapareció. A sabiendas, con preparación y estudio, aunque sea de una Universidad privada y que se titulara en 10 años ¡¡¡. Vaya nivel.

V. LA ESTAFA EMOCIONAL Y ECONÓMICA

Ruth no solo incumplió el contrato. No solo abandonó causas. No solo mintió. No solo manipuló.

Ruth me cobró:

  • por causas que nunca inició,

  • por querellas que nunca redactó,

  • por estrategias que nunca preparó,

  • por reuniones que nunca sostuvo,

  • por diligencias que nunca ejecutó.

Y, además:

  • pidió dinero extra,

  • inventó una historia médica,

  • desapareció sin devolver nada.

Esto no es negligencia. Esto es estafa emocional y económica. Esto es abuso, es maltratarme y aprovecharse que vivo a 12.000 kilómetros de distancia para sacarme dinero con falsos motivos y no ejercitar lo pactado en un contrato.

VI. MATRIZ JURÍDICA DEL INCUMPLIMIENTO

6.1. Incumplimiento contractual grave

Violó:

  • cláusula 1.3 (gestiones necesarias),

  • cláusula 1.4 (diligencia),

  • cláusula 1.6 (presentación de escritos),

  • cláusula 1.7 (consensuar hechos),

  • cláusula 1.8 (estrategias previas),

  • cláusula 1.9 (reuniones mensuales),

  • cláusula 1.10 (certificados de envío),

  • cláusula 1.11 (participación en plataforma),

  • cláusula 4 (devolución íntegra si renuncia),

  • cláusula 7 (cláusula penal del 50%).

6.2. Vulneración ética

  • falta de probidad,

  • falta de transparencia,

  • manipulación emocional,

  • petición impropia de dinero,

  • abandono de causas,

  • mentira sobre enfermedad,

  • retención de honorarios.

6.3. Vulneración legal

  • Art. 1545 CC (contrato es ley),

  • Art. 1546 CC (buena fe),

  • Art. 1556 CC (responsabilidad por incumplimiento),

  • Código de Ética (probidad, diligencia, lealtad).

VII. INTERPRETACIÓN PSICOLÓGICA INTERDISCIPLINARIA DEL COMPORTAMIENTO PROFESIONAL DE RUTH ROJAS SOTO.

Vamos a hacer ahora una lectura psicológica desde los cuatro modelos paradigmáticos, del comportamiento doloso, supuestamente delincuencial y a sabiendas de la abogada Ruth Rojas Soto.

7.1. Modelo Psicoanalítico: la manipulación afectiva y el abandono simbólico

Según esta teoría clásica de la psicología, la petición de dinero “para su hermana”, para “arreglar su vehículo” como herramienta de trabajo, es un acto de manipulación afectiva: introduce un elemento emocional para generar culpa y dependencia.

La mentira sobre la operación urgente de garganta es un acting-out: una acción impulsiva para evitar responsabilidad.

El abandono para el psicoanálisis es una traición del encuadre, que genera:

  • angustia,

  • desamparo,

  • regresión emocional,

  • vivencia de traición,

  • ruptura del vínculo protector.

7.2. Modelo Conductual: evitación extrema y búsqueda de alivio inmediato

Ruth evita:

  • reuniones,

  • responsabilidades,

  • plazos,

  • estrategias,

  • contacto,

  • consecuencias.

Cada evitación le da alivio → refuerzo negativo → patrón que se consolida.

La petición de dinero es una conducta instrumental: busca obtener beneficio inmediato sin esfuerzo.

7.3. Modelo Gestáltico: incongruencia radical entre discurso y acción

Ruth promete:

  • diligencia,

  • ética,

  • compromiso,

  • estrategias,

  • participación en mi plataforma digital,

  • participación en mi libro.

Pero actúa:

  • mintiendo,

  • manipulando,

  • desapareciendo,

  • abandonando,

  • incumpliendo.

La incongruencia destruye la confianza y genera vacío relacional.

7.4. Modelo Sistémico: ruptura del subsistema protector

Ruth debía ser parte del subsistema que me protegía. Pero se desplaza hacia un subsistema centrado en sí misma:

  • en su comodidad,

  • en su beneficio,

  • en su evasión,

  • en su mentira.

Esto desmantela el sistema de defensa y me deja totalmente expuesto.

VIII. CIERRE NARRATIVO: RUTH, LA ABOGADA QUE CONVIRTIÓ LA DEFENSA EN UN MERCADO

Ruth Rojas Soto no solo incumplió un contrato. No solo mintió. No solo manipuló. No solo pidió dinero impropio. No solo desapareció.

Ruth transformó la defensa jurídica en un mercado emocional, donde yo era el producto y ella la comerciante.

Su abandono no fue ignorancia. Fue una decisión consciente. Ejecutada sabiendo:

  • mi vulnerabilidad,

  • la desaparición de mi madre,

  • la gravedad de las causas,

  • la urgencia del momento,

  • la dependencia absoluta de mi defensa con ella.

Este capítulo no es solo una denuncia. Es memoria. Es verdad. Es justicia narrativa. Es el cierre de una traición y estafa que nunca debió ocurrir.

Scroll al inicio